lunes, 18 de octubre de 2010

Jornada de Trabajo. Caso 3.

Caso N° 3.Horas extraordinarias vs. Jornada laboral normal: “Leonardo en sus comienzos trabajaba de 8hs a 16 hs de lunes a viernes,  y los sábados de 8hs a 13 hs, luego paso a trabajar  de lunes a viernes de 8hs a 17hs y los sábados igual. Una semana que su compañero se enfermo tuvo que trabajar de 8hs a 20hs.”
- Explique esta jornada laboral en relación a la L.C.T. y Ley 11.544.-



Elaborado por las residentes Gladis Mautone- Laura M. Stanghelini.

5 comentarios:

  1. Supongo q Leonardo tuvo q trabajar mas horas xq el Art. 203 lo indica... osea... en este caso... ocurrio un Inminente de fuerza mayor (falta del compañero) cosa q lo obliga a cubrir sus horas...


    Matías G.

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  2. Florencia Mesa y Angeles Nuñezlunes, 25 de octubre de 2010, 16:52:00 GMT-7

    Nuestra opinión es que el primer horario que Leonardo tiene esta bien, es una jornada laboral normal. En el 2º horario él ya realiza horas extras las cuales se le suman a su sueldo un 5o% del mismo, y los sábados un 100% ya que las realiza desde las 13hs. en adelante. Con respecto a la semana en la cual su compañero enfermó, estamos de acuerdo con Matias ya que esta obligado a prestar sus servicios a causa de un inminente de fuerza mayor.

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  3. Matías, bien! podríamos decir que por el art. 203 de la LCT, la situación de que una semana Leonardo tenga que trabajar más horas de su jornada habitual, es por una exigencia excepcional, teniendo un comportamiento de colaboración con la empresa y me pregunto yo ¿ estaría trabajando dentro de los límites legales establecido para la jornada de trabajo? (48 hs semanales establecido en el art.1 la ley 11544), además ¿ Estaría realizando Leonardo esa semana, horas extras dentro de los limites legales?
    Por otro lado Matías te animas a ver que pasa con el cambio de horario de la joranda habitual que tenía Leonardo, es decir, ¿el cambio de horario de la jornada de trabajo de Leonardo se encuentra dentro del ordenamiento legal?.

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  4. Florencia y Ángeles, muy bien!!! Recuerden que para resolver los casos tenemos que dar una fundamentación basada en este caso, en la legislación aplicable, jurisprudencia o Doctrina. Yo me pregunto ¿en que se fundamentan ustedes para considerar que el primer horario de la Jornada de Trabajo de Leonardo está bien o es normal? ¿ Sería una jornada de trabajo normal o legal?.
    Con el segundo horario de la Jornada de trabajo de Leonardo por lo que entiendo de lunes a viernes realiza una hora extraordinaria o suplementaria, las cuales dicen que se pagan al 50% del salario habitual y que el sábado realiza horas extras que al ser después de las 13hs se pagan al 100% del salario habitual, ¿Ustedes en que legislación se fundamentan para considerar esto?
    Por otro lado, ¿Leonardo estaría realizando horas extras legales?

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  5. florencia marcogiuseppe.Coinsido con los chicos en lo que escribieron...pero el asepto trabajar esas horas,cubrirlo a su compañero..

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Esta es una linda manera de comunicarnos, de participar y aprender entre todos de nuestros aciertos y de nuestros errores.Adelante!