jueves, 21 de octubre de 2010

Descanso.-

DESCANSOS:
1)       Diario ( duración corta) pausas dentro de una misma jornada y entre jornada y jornada:
·         Misma Jornada: Refrigerio, almuerzo, higiénica (limpieza personal por trabajar con productos contaminantes).
Salvo trabajo de mujeres y menores art 174, que se trabaje a la mañana y a la tarde dispondrán de un descanso diario de 2 hs. Una norma que cayo en desuso, más en una época en la que la mujer trabaja a la par del hombre.
También dos descansos de 1/2hs para lactancia durante un año, que se puede unir a la salida o entrada.
·         Entre Jornada y jornada, de 12 hs. Art. 197 LCT.

2)      Semanal (duración intermedia) entre el sábado después de las 13 hs hasta las 24 del domingo.
Se debe compensar con un franco compensatorio, dentro de los 7 días posteriores, sino se lo da el trabajador puede hacer uso de dicho  franco a partir del 1° día hábil de la semana siguiente, anticipando con 24 hs, resulta obligatorio el pago con el 100% de recargo, jurisprudencialmente aunque se tome el franco,
A fin de desalentar el ausentismo el trabajador para tener derecho a cobrar por el día feriado debe haber trabajado
-Debe haber trabajado 48hs o 6 jornadas dentro de los 10 días hábiles anteriores al feriado.
-Cuando hayan trabajado el día hábil anterior al feriado y continúen trabajando en cualquiera de los 5 días subsiguientes.
·         Días no laborables: u optativos, los empleadores optan por el trabajo o no, ¿con excepción de bancos, seguros y actividades afines? Ej el día del trabajador  para la actividad u oficio que se trate, jueves Santo,  Año Nuevo Judío (Rosh Hashana de dos días,  Día del Perdón ( Ion Kippur de un día) Religión Islámica Año nuevo Musulmán (Hégiro) Día posterior a la culminación del ayuno (Id al-Fitr) Fiesta del Sacrificio ( Id al-Adha).
Se perjudica el jornalizado no el mensualizado.

Descansos ocasionales: Maternidad, lactancia, por nacimiento, examen, casamiento

1)      Vacaciones anuales ( larga duración)
Elaborado por las residentes Gladis Mautone- Laura M. Stanghelini.

Descanso. Caso Práctico.

“José trabaja en un shoppings 8 horas de martes a domingo. Pablo, su amigo trabaja en el mismo shoppings, pero solo de lunes a viernes de 7hs a 12hs y de 13hs a 21hs y Ana en cambio en el comercio donde trabaja, tiene horario de corrido 8 hs de lunes a viernes, disponiendo de 30´ para almorzar al mediodía mientras realizan la copia de seguridad del disco duro de la PC”

-Vea que descansos laborales tiene José, Pablo y Ana. Explique los mismos conforme a lo que establece la LCT.-



Elaborado por las residentes Gladis Mautone- Laura M. Stanghelini.